DISPOSITIVO DEL FALLO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE LOS CIUDADANOS PEDRO EMILIO MARTINEZ REYES y VERONICA CORUYMAR DIAZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.786.679 y V-15.593.763, respectivamente, asistidos por los Abogados: Iselda Medina Agüero y Febres Castillo Núñez, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 30.947 y 7.302, con la consiguiente disolución del Vínculo Matrimonial contraído en fecha 09 de noviembre del año 2002, por ante el Registro Civil del Municipio Los Taques del Estado Falcón, y con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión que.....