Este Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. En atención a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la presente decisión a la parte actora a través de boleta librada a su nombre, toda vez que es la única a derecho en esta causa. Líbrese boleta. Publíquese, regístrese y notifíquese. Certifíquese por Secretaría copia de esta decisión y archívese. ----------------------------------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, con sede en Yaracal, Estado Falcón.
La Juez Provisorio,
Abg. MARBELY ROSSI DE GIANNASTACIO
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