ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por declaración de unión concubinaria incoada por la ciudadana RANNEY VIRGINIA ACOSTA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº 16.519.911, bajo la asistencia del profesional del Derecho abogada ALMA ROSANA DE LOS ANGELELS FERRER CORDON, Inpreabogado Nº 89.687, en contra del ciudadano JOSE LUCIO QUINTERO HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº 4.829.961, en consecuencia se declara la existencia de la unión concubinaria entre la ciudadana RANNEY VIRGINIA ACOSTA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº 16.519.911 y el difunto JOSE WILSON QUINTERO YANEZ, quien se identificara con la cedula N° 19.925.002, desde el año 2010, como fecha de inicio, hasta el día 02 de junio de 2013, como fecha de .....