Por todo lo anterior, este Tribunal TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA:
PRIMERO: Se admite parcialmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra los ciudadanos : JACKSON VICENTE MEDINA VARGAS, y NEOMAR JESUS FERNANDEZ, por el delito DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el Artículo 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotores, perpetrados en perjuicio del ciudadano YANCARLOS ROSALES y JUAN BAUTISTA ROSALES, por considerar este Tribunal que se encuentran llenos los extremos de procedibilidad previstos en el Artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten y se declaran pertinentes y necesarias las Pruebas testimoniales a las que hicimos referencia en el considerando correspondiente, y se ordena incorporar al juici.....