Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad financiera BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL., contra la sociedad mercantil FERREPLUS 212, C.A. y los ciudadanos JUZEF AL ZAETOUN y OUSAMA AL ZITOUN, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de OCHO MILLONES SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTAS CINCUENTA Y SIETE CON VEINTITRÉS UNIDADES DE VALOR DE CRÉDITO (UVC 8.072.957,23), siendo su equivalente en bolívares a la cantidad de UN MILLÓN CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 1.417.585,63), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más .....