En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Gustavo Adolfo Vargas Salgueiro, actuando como apoderado judicial del demandante ciudadano NESTOR ENRIQUE CALDERA, mediante diligencia de fecha 9 de noviembre de 2016. CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Ivan Cabrera, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil FABRICA DE HIELO PACIFICO C.A.,
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia definitiva de fecha 1° de noviembre de 2016 dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial del estado Falcón. en consecuencia, se declara INADMISIBLE la demanda por RESOLUCION DE CONTR.....