Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, niega la Medida Privación Judicial Preventiva de Libertad requerida por la Fiscalía Séptima del Ministerio del Estado Falcón en contra del ciudadano: YAMIL ARMANDO ZÁRRAGA Venezolano, de 25 años de edad, soltero, mecánico, titular de la Cédula de identidad N° 17.628.622 Residenciado en el callejón Ampíes con callejón Colón, casa N° 26, Coro Estado Falcón y de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal le impone de Medida Cautelar referida a Presentación Cada Quince Días ante la Oficina de Alguacilazgo de este mimo Circuito Judicial, contados a partir de la presente fecha. El presente asunto se seguirá por el procedimiento Ordinario conforme a lo solicitado por el Ministerio Público. Remítase la causa a la representación Fiscal en su debida oportunidad. .....