En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA EXTINCIÓN del presente proceso incoado por la Defensora Pública Auxiliar con competencia Plena del Estado Falcón, abogada MARIA ELENA DUNO RAMÍREZ en representación de los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO VIRGÜEZ, ABRAHAN PIÑA, MIREYA COROMOTO NAVAS DE PIÑA, ADRIANO RAMOS RUIZ y DAMACIO ENRIQUE CRESPO MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números 9.629.730, 9.627.032, 12.279.656, 25.833.008 y 13.795.044 respectivamente en contra de los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO VIRGÜEZ, ABRAHAN PIÑA, MIREYA COROMOTO NAVAS DE PIÑA, ADRIANO RAMOS RUIZ y DAMACIO ENRIQUE CRESPO MEDINA identificados en autos en el juicio por ACCIÓN INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO AGRARIO, a tenor de lo dispuesto en el a.....