este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Abogado RAMON AGUSTIN LOAIZA QUEIPO, consistente en la revisión y revocación de la medida de coerción personal impuesta al ciudadano SMITH JAVIER LEIVA FARFAN en la Audiencia Oral de Presentación de Imputados. SEGUNDO: se sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por la Medida Cautelar Sustitutiva a aquella consistente en la Presentación Periódica por ante este Tribunal cada 15 días, de conformidad con el Artículo 241 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.