En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano: YOEL JESÚS CARRASQUERO, en su condición de ESPOSA, a la ciudadana: DEYCYS BEATRIZ GONZALEZ DE CARRASQUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.477.574, domiciliada en la Calle Principal Los Perozos, Casa S/N, Municipio Miranda del Estado Falcón y en condición de HIJA, a la ciudadana: YORGELYS VANESSA CARRASQUERO OCANDO, venezolana, .....