DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de conformidad con los artículos 583 y 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, SANCIONA AL ADOLESCENTE: IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, por encontrarse responsable de la comisión del delito de LESIONES GRAVES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal vigente, condenándolo al cumplimiento de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, para ser cumplidas en forma simultanea, por el lapso de SEIS (06) meses, conforme a lo previsto en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Remítase el presente expediente, en su oportunidad legal al Juzgado de Ejecución.
Regístrese, Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Notifíquese a las partes de la publicación de la sentencia.
Dada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana, ac.....