esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE AMPARO interpuesto por la Abogada AZALIA BEATRÍZ LUGO MORENO, Defensora Pública Segunda Penal con competencia en Responsabilidad Penal de Adolescentes, adscrita a la Unidad Regional de la Defensoría Pública Penal, Extensión Punto Fijo, en su condición de Defensora del adolescente A. J. Á. B., cuya identificación se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en la población de Punto Fijo, actuando en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes.