En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones interpuestas por los abogados PEDRO PABLO LARA HURTADO y NOHIRIA COLINA, el primero actuando en su propio nombre y representación y la segunda en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil MAMMOET VENEZUELA, C.A., mediante diligencias de fechas 24 y 19 de marzo de 2014, respectivamente.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 11 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Punto Fijo, con motivo del juicio de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoado por los abogados AMADO RAFAEL ZAVALA ARCAYA y PEDR.....