este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescentes de Santa Ana de Coro Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
PRIMERO: Siendo que contra el joven GREGORY JUNIOR CHIRINO MOLINA, cursan tres asuntos penales, en el cual ha sido sancionado con OCHO MESES DE REGLAS DE CONDUCTA el primero; el segundo UN AÑO DE PRIVATIVA DE LIBERTAD (LA CUAL NO HA TERMINADO DE CUMPLIR) Y UN AÑO DE LIBERTAD ASISITIDA y el tercero: UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA como sanción, por lo cual lo ajustado en derecho y procedente es la acumulación de los asuntos en mención de la siguiente manera: se acumula al asunto Nro IP01-D-2007-138 los asuntos IP01-D-2009-80 y IP01-P-2008-67 todo de conformidad a lo previsto en el artículo 73 Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en base al principio de la unidad del p.....