este Tribunal Superior de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte la HOMOLOGACIÓN al desistimiento efectuado por el ciudadano GERARDO ANDRES RODRIGUES DE GOUVEIA, en su condición de representante legal de la sociedad mercantil MUEBLES CAMILA C.A., asistido por el abogado Rubén Villavicencio y al desistimiento efectuado por el abogado Félix Sánchez, en su condición de apoderado judicial de los codemandados.
Se condena en costas, de conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese inclusive en la página web, déjese copia y bájese el expediente al Tribunal de origen en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, el día de hoy, veintiocho (28) de julio de dos mil veintidós (2022), en la ciudad de Santa Ana de Coro del estado Falcón. Años: 212º de.....