este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, EL DESISTIMIENTO, formulado por el abogado: GREGORI JOSE CHIRINOS CHIRINO, Inpreabogado N° 261.456, actuando en representación de la ciudadana: ROSMELYS DEL VALLE FIGUEROA ANDRADEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.650.924, tal como se evidencia en Instrumento Poder Especial; contra el ciudadano RENNY LUIS ROMERO PEROZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.535.838, domiciliado en Mzhlt31, Urbanización Prog Viv los Crisantemos, Departamento de Lima, Provincia Puente Piedra, República del Perú; en la demanda por DIVORCIO. En consecuencia, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se ordena el desglose respectivo y el archivo del presente expediente por cuanto no hay.....