Por consiguiente este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: La Libertad y le Impone las Medidas Cautelares Sustitutivas prevista en el ordinal 3° y 9° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al Ciudadano EDEHIL RAFAEL BARRIOS RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº 13.662.497, de Treinta y Un (31) años de edad, nacido en fecha 27/08/1979, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Bachiller Obrero, grado de Bachiller, Hijo EDITH RODRIGUEZ y RAMON BARRIOS, natural de de Punto Fijo Estado Falcón, y residenciado Bajada las Piedras Calle José Félix Rivas Nº 72, Punto Fijo, Estado Falcón, consistente en: Ordinal Tercero: la presentación cada Treinta (30) días por ante la oficina del Alguacilazgo, la Prohibición de Consumir Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por la presunta Comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias.....