este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de Sentencia definitiva con fuerza ejecutiva sin perjuicio de que pueda ser ajustada anualmente en beneficio de los niños. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos: El Padre se compromete a sufragar con la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) MENSUALES, a partir del mes de Octubre del presente año, los cuales seran depositados en la Cuenta Nro. 6012889460735326, del Banco Banesco. En el mes de Diciembre depositarà la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.300.000,00), para los gastos decembrinos; aportarà la mitad de los cesta tickets que le correspondan, los gastos por utiles escolares seran compartidos por ambos padres. El padre asegurara a los menores por un Seguro privad.....