Me inhibo de conformidad con el articulo 82 en su ordinal 15 del Código de Procedimiento Civil, de conocer la presente demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO, intentado por las Ciudadanas: ANA ACOSTA GOMEZ y MIRIAM ACOSTA GOMEZ en contra de la ciudadana CARMEN GUADALUPE ACOSTA ZAVALA, por haber manifestado mi opinión sobre lo principal del pleito en la sentencia definitiva revocada por ese despacho, lo que pudiere afectar mi imparcialidad en la sentencia definitiva.-
Es así como presento mi inhibición y en consecuencia, ordeno remitir el presente expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en esta misma Ciudad, a fin de que conozca de la causa. Igualmente remítase copia certificada de la presente acta, al Juez Superior en lo Civil, Mercantil, Menores y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de que conozca de la presente I.....