DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara sin lugar la solicitud de la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público e impone al ciudadano JONATHAN ARLEX ALBARRACIN CASA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, las medidas previstas en el artículo 256 numerales 3, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente la primera en presentaciones periódicas cada quince (15) días, por ante la oficina de alguacilazgo, la segunda en la prohibición de acercarse al sitio del suceso y la tercera la prohibición de comunicarse con las víctimas.
Se declara la aprehensión en flagrancia y se acuerda la aplicación del procedimiento ordinario. Se ordenó li.....