Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la libertad del Ciudadano: José Ramón Meléndez Rodríguez, indocumentado, residenciado en el barrio Zumurucuare, Calle Mariño, casa S/N, Coro, Estado Falcón y le impone la medida cautelar establecida en el articulo 256 ordinal 3 del código orgánico procesal penal, es decir presentación cada 15 días a partir de la presente fecha ante la defensoria séptima pública y ante este tribunal .Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Librese las correspondientes boletas de libertad. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón en su oportunidad legal para que continúe con la investigación.
Abg. Gloria Vargas Vargas
Juez Primero de Control
Abg. Maria Eugenia Rodríguez
Secretaria de Sala