este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada por el ABG. ARIRRAMY HENRIQUEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta la imposición de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano FREDDY JOSÉ URDANETA CROES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 04.018.757, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en Urbanización San Francisco, sector 6, avenida 26 numero 25, detrás de la PTJ, teléfono 0414-6416776, 0261-7174715,, por la presunta comisión del delito de DAÑOS A LA INSTITUCION PUBLICA, previsto y sancionado en el Artículo 473 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Dicha medida consiste.....