este Juzgado Accidental 2 de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA lo solicitado por la defensa privada, en cuanto a la Revisión de Medida de su defendido y de los Adolescentes ya mencionados. Toda vez que fue constatado lo conducente en el respectivo Asunto Principal en aras de garantizar, el debido proceso, la tutela judicial efectiva en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela este Tribunal impone la medida sustitutiva de libertad contenida en el Articulo 582 de la Lopna literal "b c d f". En consecuencia,