Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control Sección Adolescentes de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CON LUGAR la solicitud de la Defensa, y Decreta al Adolescente: identidad omitida, por el delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de quien en vida respondiera a FRANKLIN MANUEL JIMENEZ BOLAÑOS, se acuerda la aplicación de una medida sustitutiva de libertad conforme al artículo 582 literal b de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en la Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su Madre BRIYITH JOSEFINA OROPEZA ZOA, Titular de la Cédula de Identidad Nros. V-13.6010.669, presente en sala. Prosígase el procedimiento ordinario. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Concluyó la presente Audiencia siendo las 03:40 de la tarde, y conformes firman. Notifíques.....