Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio de mutuo acuerdo, conforme al artículo 185 del Código Civil y sentencia 693 de la sala constitucional del TSJ de fecha 02/06/2015, presentada por el ciudadano, EDGAR ALEXANDER GUTIERREZ MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-19.928.233, domiciliado en la calle Norte entre Colina y Calle González, Coro Estado Falcón, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: .....