En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de la ciudadana: MARIA ELODIA RODRIGUEZ DE HENRIQUEZ, en su condición de HIJAS, a las ciudadanas: ANA ANGELICA HENRIQUEZ RODRIGUEZ, ANGELICA ELENA HENRIQUEZ RODRIGUEZ, ANMARIELLY MARGARITA HENRIQUEZ RODRIGUEZ y ESTHER MARIA VELASQUEZ RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-9.520.592, V-9.520.591, V-10.701.760 y V-7.474.532, respectivame.....