es que éste Tribunal de ejecución del Circuito Judicial penal del estado Falcón en su extensión de Punto Fijo, administrando Justicia en Nombre de la República y por la autoridad que le confiere la ley, Ordena en atención a lo solicitado, la imposición personal del presente auto de cómputo de pena al penado en cuestión, la cual se hará a través del Tribunal Quinto de Ejecución del Estado Zulia (exhortado), para lo cual se ordena a su vez remitir copia certificada del mismo dirigida al citado Tribunal, y Así se Decide.
A su vez se ordena remitir copia del presente auto de computo de pena, así como copia certificada de la Sentencia condenatoria, a la Dirección General de Prisiones, y a la División de Antecedentes Penales, adscritas ambas al Ministerio de Interior y Justicia, de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines legales conducentes, y Así se Decide.
.- Se ordena oficiar a la División de Antecedentes Penales en la persona de su director, adscrito a ese mismo Minist.....