Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, solicitado por los ciudadanos: JESUS RAMON MARTINEZ ACOSTA y BLANCA JOSETT ANTONIA OBERTO DE MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.830.513 y 4.017.952 respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio YAMILET A MOLINA, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 55.527, con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión, quedará disuelto el matrimonio cesando la comunidad de bienes entre los cónyuges. Déjese copia certificada en el archivo del Tribunal