Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ha decidido:
Primero: DECRETAR LA INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano Gabriel Alejandro Perrone Carrillo, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad Nº V-16.462.888;
Segundo: como consecuencia de la anterior declaración, se nombra con el carácter de Tutor Interina del mencionado ciudadano, al ciudadano Angelo Perrone Spera, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-4.581.535 y Protutor y Suplente del Protutor a los ciudadanos Cristela Tovar Domínguez y José Antonio Perrone Carrillo, venezolanos, mayores de edad y con cédulas de identidad Nos. V-3.299.751 y V-16.462.889, respectivamente. Para componer el Consejo de Tutela se designan a los ciudadanos Lilia.....