En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, el Tribunal Primero de Control del estado Falcón con sede en Coro, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano, VICTOR SEGUNDO PARTIDA CHIRINOS, titular de la cédula de identidad N° 9.506.366, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto los hechos denunciados no son típicos, todo conforme al artículo 300 numeral 2º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y conforme al articulo 24 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se Decreta el Cese de toda medida de protección y seguridad impuesta al referido ciudadano.