En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: REVOCA, por contrario imperio el auto de admisión de fecha veintidós (22) de septiembre de 2016, así como las notificaciones libradas.
SEGUNDO: REPONE la presente causa al estado de admisión conforme a lo explanado en la motiva del presente fallo.
TERCERO: ADMITE cuanto ha lugar en derecho, Procédase a la citación del Contralor General del estado Falcón, para que de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, le dé contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho siguientes a aquel en que se considere consumada su citación, lo que ocurrirá l.....