Con fundamento en los hechos analizados, los elementos probatorios que obran en actas, las normas aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial procedente y todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por el ciudadano CARLOS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-7.493.557, en su carácter de dueño de la mencionada sociedad mercantil, asistido por el abogado ALIRIO PALENCIA DOVALE, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No. V-9.528.251 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 62.018, en su carácter de parte demandante recurrente, en contra de la Providencia Administrativa Nº US-FAL-018-2016, de fecha 12 de febrero de 2016, dictada por la GERENCI.....