En virtud de lo anterior; este JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO el Convenimiento entre las partes en el presente procedimiento de OBLIGACION ALIMENTARIA solicitado por la ciudadana: GREGORIA SALOM, contra el ciudadano: WUENDIS PRIETO, a favor de sus menores hijos: WUILKELVI RAFAEL Y WUIDELVY JOSE PRIETO SALOM. En consecuencia, se ordena expedir por secretaría copia certificada del presente expediente y remitirlo con oficio al Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de este Municipio Mauroa del Estado Falcón, a los fines del cumplimiento de los términos convenidos.
Publíquese y regístrese.
Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPI.....