este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede judicial de Santa Ana de Coro, anula las actuaciones referentes al Auto de entrada de fecha 14 de Abril y el Decreto de Ejecutoridad del Fallo y el Computo de Pena, de fecha 22 de Abril del año en curso, todo de conformidad con lo establecido en los articulo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. Y se ordena remitir nuevamente la causa al Tribunal Quinto de Control y así siga su curso de ley correspondiente.-