este Tribunal Segundo de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, REVOCA de forma inmediata la fórmula anticipada de cumplimiento de pena de Régimen Abierto, que le fue concedida al penado JOAN MANUEL VARGAS NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.917.669, nacido en fecha 11-1-1979, soltero, sin oficio definido, quien residía en la calle Proyecto con calle el sol, casa 17, Coro Estado Falcón, quien fue sentenciado a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por el Delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el Articulo 455 del Código Penal, ello por incumplir con las obligaciones que le fueron impuestas en la decisión del 27 de Mayo de 2008, específicamente las establecidas en los ordinales 1º, 4º, 6º, así como lo establecido en el ordinal 1° del articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, todo conforme a lo dispuesto en el ar.....