este Juzgado Primero del Municipio Carirubana, actuando como Juzgado de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: LA PRESCRIPCION DE LA ACCION y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA N°. 2005-223, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 615 y literal d) del artículo 561, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, notifíquese y déjese copia certificada de la presente decisión en los copiadores llevados por este Tribunal.
En Punto Fijo, a los veintinueve (29) días del mes de Junio del año dos mil cinco. AÑOS: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. OSIRIS BENITEZ PETIT LA SECRETARIA
Abg. ANA VARGAS HOYER
NOTA: En esta misma fecha, siendo las dos de .....