En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada María Eugenia Cuba Perozo, en su carácter de apoderada judicial del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA JOSE LEONARDO CHIRINOS, mediante diligencia de fecha 23 de enero de 2012.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, incoara la abogada EYLIN REYES MARVAL en su condición de apoderada judicial de la ciudadana LOURDES TERESA FERRER VILLA, contra el apelante. En consecuencia, se condena al INSTITUTO U.....