En mérito de los argumentos antes expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede inquilinaria y en atención a lo previsto en el ordinal a) del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO interpuesta por el ciudadana ELKINS RESTREPO ZERPA, contra la ciudadana DANIEL CHIRINOS. Así se decide.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencida en la presente causa.