este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede judicial de Santa Ana de Coro, de fecha 8 de Febrero de 2010, mediante la cual condenó por el procedimiento de Admisión de Hechos al ciudadano TEOFILO ENMANUEL GUANIPA QUINTERO, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-16.520.810, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 eiusdem por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano.