Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas la Abogada MARIA LAURA REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 120.275, actuando en condición de Apoderado Judicial del ciudadano: JOHNNY ANTONIO BRACHO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No 7.812.252. SEGUNDO: Admitidas las pruebas promovidas por el abogado FERNANDO YVAN PIRELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 28.838, actuando en el carácter de apoderado judicial de la demanda, Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES ITELAR-CEL, C.A; inscrita en el Registro Mercantil con domicilio en la ciudad de Caracas, Distrito la cual se encuentra inscrita legalmente por ante el Registro Mercantil Segundo de la misma Circuns.....