Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos LEIDY MARIAN CONTRERAS LOZADA y ANGEL RAMON ALVAREZ BLANCO y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO ALVAREZ GALICIA, venezolano, mayor de edad, de 20 años, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-24.706.425, de profesión u oficio estudiante, domiciliado en la calle falcón, casa Nº 12-80, casco Central de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, y YOHAIDYS YAMARU GALICIA, quien es venezolana, mayor de edad, de 37 años, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-14.227.127, de profesión .....