Este Tribunal en nombre e la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA PRIMERO: se declara con lugar la petición de la representación fiscal y decreta a la adolescente imputada. IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENEITNES DEL DELITO de igual manera Solicito de conformidad con el articulo 582, Literal "b" y "f" el sometimiento al cuidado de su representante presente en sala y la prohibición de reunirse con personas de dudosa reputación, NO ingerir bebidas alcohólicas, NO portar armas blancas ni de fuego, NO consumir ni traficar sustancias estupefacientes ni psicotrópicas, la obligación de mantenerse en el domicilio de su representante, NO transitar después de las 6:00 de la tarde sin compañía de su representante legal . SEGUNDO: se declara sin lugar la petición de la defensa pública en cuanto a la libertad sin restricciones, TERCERO: se ordena la aplicación del procedimiento ordinario solicitado por la Fiscalía.....