Por todo lo antes expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA Extinguida la Acción Penal y el SOBRESEIMIENTO del asunto Nº IP01-P-2004-000071, donde aparece como imputado el ciudadano: SANTIAGO TALAVERA ZAVALA, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, por considerar que la misma esta prescrita, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º y el Artículo 48 Ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo pautado en el Artículo 108 Ordinal 6º del Código Penal Venezolano. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
ABG. MERCEDES FARIAS
JUEZ QUINTO DE CONTROL
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