Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada y en consecuencia PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES fue intentada por el ciudadano JOSÉ FELIPE REYES, contra la ciudadana LESLY KARIM REYES SÁNQUIZ, ambas partes plenamente identificadas en la narrativa de este fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de DIEZ MIL TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS, (Bs. 10.039,82), por concepto de la deuda pendiente, intereses moratorios a partir del vencimiento de las fechas pactadas en el convenimiento de pago, y por honorarios y costas, según lo en el libelo de la demanda y probado en las actas procesales.
TERCERO: No se hace condenatoria e.....