este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con competencia en Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación de conformidad a lo establecido 578 literal "a" de la de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, formulada por la Representación Fiscal en contra de los adolescentes J. G. A. S., (cuya identidad se omite de conformidad con los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y H. J. G. M., (cuya identidad se omite de conformidad con los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES LEVES, tipificados en los artículos 458 y 416 del Código Penal y USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 111 de la Ley Para El Desarme y Control de Armas y.....