consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano: ALFREDO RAFAEL SALAS MEDINA, en su condición de ESPOSA, a la ciudadana: YOCMERY DEL ROSARIO COELLO SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.804.813, y en su condición de HIJAS, a las ciudadanas: YOCSIMAR JOSE SALAS COELLO, ROCSIMAR JOSE SALAS COELLO y YONNELIS VALENTINA SALAS OTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las c.....