Por los motivos indicados, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
ÚNICO: Sin lugar la solicitud de aclaratoria formulada por el abogado Jesús Elvidio Vivas Padilla, en su carácter de apoderado del ciudadano SALOMÓN EL JOAUHARI, con relación a la sentencia Nº 140-27-09-05, dictada por este Tribunal, el 27 de septiembre de 2005, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada y parcialmente con lugar la demanda intentada por el solicitante de la aclaratoria por cobro de bolívares, a través del procedimiento intimatorio contra las ciudadanas BELÉN DELMORAL MEDINA y CARMEN DEBOIN de DELMORAL, representadas por el abogado Alberto Castillo.
Téngase la presente aclaratoria como parte integral de la sentencia Nº 140-27-09-05, dictada por este Tribunal, el 27 de septiembre de 2005.