En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Resuelve: PRIMERO: NIEGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE REGIMEN ABIERTO al penado ACOSTA EDGARDO RAMÓN, Venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 9.501.621, residenciado en el barrio las panelas, calle Buchivacoa, casa número 64, Coro, estado Falcón, por improcedente. SEGUNDO: Se acuerda requerir carta de conducta dimanada de la dirección de la Comunidad penitenciaria san Agustín y constancia de residencia que diste a mas de 100 kilómetros de esta ciudad al penado, a efectos de proceder a decretar la conversión de la pena impuesta en confinamiento, conforme lo estipulado en artículo 5.....