En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Antonio José Flores Lugo, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil CENTRO MEDICO LA GUADALUPE, debidamente asistido por los abogados Ramón Álvarez, Janet Martínez y Jessy Pelayo, mediante escrito de fecha 16 de diciembre de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 14 de diciembre de 2016, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante el cual declaró CON LUGAR la impugnación de poder realizado por la abogada Benimer Valdez, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana NORMA .....