En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMINSIBLE, la querella interpuesta por el abogado HENRY RAMÓN CHIRINO LAGUNA, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOAN RENIER CHIRINOS GOMEZ y LEHOMAR JOSE RAMONEZ, supra identificados, contra el CUERPO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCÓN, ello con fundamento en lo explanado en la motiva del presente fallo.
Publíquese, regístrese, diaricese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los treinta (30) días del mes de marzo de dos mil diecisiete (2017). Años: 206 de la Independencia y 158° de la Federació.....